Hasta el momento, la presidenta consejera del IEE, Clara Beatriz Jiménez, no ha recibido notificación ni requerimiento del INE respecto de la demanda de cinco consejeros para su remoción del cargo, reiteró ayer, a pregunta de HIDROCÁLIDO, al término de la sesión extraordinaria del Consejo del Instituto.
La presidenta del Instituto contestó que tampoco ha tenido acercamiento ni diálogo con los consejeros promoventes de la denuncia en su contra ante el Instituto Nacional Electoral:
“No, no tengo ninguna notificación, todavía no ha llegado ningún tipo de documento”, dijo. En cuanto al acercamiento con los consejeros, señaló: “Seguimos trabajando de manera continua, ininterrumpida; ustedes me pueden ver aquí, ya en el Instituto, todos los días atendiendo diferentes temas de la cuestión electoral, de la cuestión administrativa, atendiendo a las diferentes áreas del Instituto y a ustedes como medios de comunicación, sobre todo dando esta información a la ciudadanía de los trabajos que se están haciendo por nuestra parte”.
Por otra parte, en la sesión se determinó dar vista a la Contraloría Interna del Congreso para que determine si hubo uso indebido de recursos públicos en la publicidad de la diputada Alma Hilda Medina, al tiempo que también se determinó dar vista a la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Aguascalientes, a fin de que se determine si hubo una vulneración al interés superior de la niñez y adolescencia fuera de la materia electoral, en cuanto a la propaganda que se emitió en redes, bardas y lonas por parte del senador Antonio Martín del Campo.
En la resolución de procedimientos sancionadores efectuada en la sesión extraordinaria del Consejo del IEE, en la que fueron presentados los casos de Alma Hilda Medina, Antonio Martín del Campo y Leonardo Montañez, alcalde de la ciudad, en el análisis del caso de este último se destacó que, si bien se realizó propaganda de obras, servicios, acciones y actividades derivadas de la gestión municipal, dichas publicaciones se dieron en el ámbito de la propaganda gubernamental y no de carácter político o electoral, además de no configurarse los elementos personal, temporal y subjetivo de la promoción personalizada.
En relación con la aparición de personas menores de edad en el contenido de las redes sociales, al no tratarse de propaganda política o electoral, sino gubernamental, esta materia queda fuera de las facultades del IEE, por lo que se carece de competencia material para pronunciarse al respecto. En los casos de la legisladora Medina y del senador Martín del Campo se estableció la inexistencia de las infracciones señaladas.
Dentro de esta sesión, de este modo, se resolvieron tres proyectos de resolución de procedimientos sancionadores ordinarios, por presuntos actos anticipados de campaña o precampaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos con fines electorales y utilización de menores de edad en propaganda, de los personajes mencionados.
Las tres resoluciones están sustentadas en precedentes similares y jurisprudencias emitidas por las autoridades jurisdiccionales electorales.
SE DESECHARON RECURSOS CONTRA TRES PERSONAJES POLÍTICOS
El primer expediente que se avaló fue el IEE/PSO/005/2026, presentado por Orestes Junior López Velasco, César Antonio Sánchez Rodríguez y María Georgina Martínez Gutiérrez, en contra de Alma Hilda Medina Macías, en su calidad de diputada local de la LXVI Legislatura del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, a partir de la colocación de bardas, lonas y publicaciones en redes sociales.
En este sentido, se resolvió la inexistencia de las infracciones señaladas, debido a que no se actualiza el elemento subjetivo, en tanto no se señala contenido que denote una finalidad electoral (llamamiento expreso al voto, presentación de una plataforma electoral, etc.).
Por otra parte, se atendió el procedimiento sancionador ordinario IEE/PSO/006/2026, presentado por Juan Fernando Baltazar Durán en contra de Leonardo Montañez Castro, en su carácter de presidente municipal de Aguascalientes, por presunta promoción personalizada, difusión de obra pública con fines electorales, actos anticipados de precampaña y campaña, así como por uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad y equidad, además de la posible afectación a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a partir de varias publicaciones en redes sociales.
Finalmente, el Consejo General aprobó el proyecto de resolución del procedimiento sancionador ordinario IEE/PSO/007/2026, interpuesto por Juan Fernando Baltazar Durán en contra del senador de la República, Juan Antonio Martín del Campo, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y probable afectación a la protección del interés superior de la niñez, mediante publicaciones en redes sociales, bardas y lonas.
Al respecto, se declaró la inexistencia de las infracciones señaladas por la parte promovente, al no acreditarse los elementos personal, temporal y subjetivo, a excepción del exceso de la vigencia para la difusión de su informe de labores, por lo cual se determinó dar vista a la Mesa Directiva del Senado de la República, a efecto de que determine lo que considere pertinente sobre este ámbito.
