Uber no cuenta con una autorización legal para operar en aeropuertos y centrales camioneras, según aclaró recientemente la agrupación Sí Conduce ante la incertidumbre de usuarios y conductores, puntualizando que la organización busca disipar las dudas generadas tras las recientes negociaciones nacionales sobre la situación legal de las plataformas de transporte privado.
Confusión sobre los acuerdos nacionales de transporte
De acuerdo con Esther Escamilla, vocera de la agrupación Sí Conduce, existió una confusión respecto a los alcances de las mesas de diálogo sostenidas a nivel nacional. La representante explicó que las negociaciones recientes se enfocaron exclusivamente en inhibir el acoso hacia los conductores y evitar el aseguramiento o la retención arbitraria de los vehículos particulares, pero no en otorgar una concesión operativa.
Indicó que realmente no existe un permiso para que las aplicaciones puedan operar en aeropuertos, ya que para eso las plataformas deben realizar un trámite, así como lo realizaron los taxis del aeropuerto. La postura subraya que el marco normativo federal exige procedimientos administrativos específicos para cualquier modalidad de servicio público o comercial dentro de estas instalaciones estratégicas de Aguascalientes y el resto del país.
La postura oficial de la SICT
Por su parte, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha reiterado su postura institucional a través de diversos comunicados y aclaraciones públicas. La dependencia federal ha señalado que Uber y cualquier otra aplicación no pueden operar en los aeropuertos precisamente por la falta de autorización para prestar servicios de transporte hacia estos lugares.
La institución federal enfatizó que la suspensión otorgada por el poder judicial a favor de las empresas de redes de transporte tiene un alcance muy específico. Su objetivo principal es evitar operativos arbitrarios o discriminatorios por parte de las autoridades, pero eso no implica una autorización, dejando claro que el estatus legal no ha cambiado. De este modo, la resolución judicial protege temporalmente a los operadores frente a ciertas acciones de fiscalización, mas no valida la prestación del servicio en zonas de jurisdicción federal.
Opciones vigentes para los pasajeros
Ante este panorama legal, las autoridades competentes recomiendan a la ciudadanía y a los visitantes tomar las precauciones necesarias al trasladarse hacia o desde terminales aéreas y camioneras. Por lo anterior, la suspensión otorgada a Uber no implica una autorización para que pueda operar legalmente en aeropuertos, por lo que los usuarios deben utilizar servicios autorizados como taxis oficiales, servicios turísticos regulados y autobuses autorizados.
El cumplimiento de estas medidas busca mantener un equilibrio en la movilidad urbana y federal, respetando los canales institucionales establecidos para el transporte de pasajeros en el estado.
Garantía de seguridad y normatividad vigente
La razón por la cual no se permite la operación de las plataformas tanto en aeropuertos y centrales camioneras, es para garantizar la seguridad de los pasajeros y sobre todo asegurar que todos los servicios de transporte cumplan con las normas legales y de operación vigentes. Las autoridades federales y locales mantienen la supervisión para que se respeten los lineamientos establecidos para cada sector del transporte.
Asimismo, la SICT ha señalado que la suspensión otorgada por el juzgado es para evitar operativos arbitrarios o discriminatorios, pero eso no implica una autorización, dejando claro que el estatus legal no ha cambiado. Tampoco se detallan sanciones específicas para pasajeros o conductores que utilicen el servicio de transporte de las diferentes plataformas, lo que mantiene un escenario de cautela para quienes cotidianamente eligen estas herramientas tecnológicas en Aguascalientes.
