El Gobierno del Estado no puede perseguir un caso penal administrativamente, eso lo tiene que seguir el fiscal y es lo que está haciendo, corroboró el secretario general de Gobierno, Antonio Arámbula, en cuanto al caso de la denuncia contra el ex-fiscal Jesús Figueroa, que fue comentada en la conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum.
Especificó que mientras no tenga una queja ciudadana o una denuncia, el Gobierno del Estado no podrá tomar medidas ni castigar administrativamente al ex-fiscal.
Por otra parte, en el caso de la Notaría 11, dijo que había quejas de ciudadanos, el gobierno investigó y se puso la máxima sanción, que es retirar la notaría, “aparte el notario tiene demandas penales de ciudadanos, a las cuales le da seguimiento la Fiscalía, pero en el caso del ex-fiscal, no tiene ni una sola queja como notario, no tiene ni una sola falta como notario, que es lo que nos toca a nosotros investigar en temas administrativos, entonces yo no puedo perseguir un tema penal administrativamente, eso lo tiene que seguir el fiscal y es lo que está haciendo el fiscal de Aguascalientes, dando el seguimiento a esa demanda”.
En cuanto a tomar medidas contra el ex-fiscal, comentó: «yo puedo hacer algo si tengo una sentencia legal penal, yo entonces podré proceder a analizar el tema notarial, pero mientras no tenga una sentencia o una queja de un ciudadano no puedo digamos, castigarlo administrativamente por un tema penal”.
Enfatizó que desde que llegó al cargo de la Secretaría General de Gobierno no hay quejas contra Figueroa, pues estuvo fuera del cargo seis años, entonces desde que se reincorporó como notario no tiene ni una sola queja en su contra.
TRÁMITES DE NOTARÍA 11 SIGUEN, ESTÁN A CARGO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD
Refirió en cuanto a la Notaría 11, todos los trámites que son 17 mil se turnaron al Registro Público de la Propiedad y que se hicieron uno por uno un inventario “y hay varios supuestos. Hay unos que solamente falta terminar el trámite, lo que quiere decir ya se checa que está inscrito en el Registro Público de la Propiedad y se le da la escritura a la persona. Faltan en muchos (la mayoría), la firma del notario, entonces vamos a ver cómo sustituimos la firma, pero ahí en ese caso el trámite lo terminará el Registro Público y se lo entrega terminado a las personas, donde falten firmas o un trámite o pasarlo a registro, se terminará por parte del Registro Público, se pagarán los derechos o impuestos que requieran y se terminará con Registro y en los casos donde solamente se recibieron los trámites y no está iniciado, se regresará el trámite al ciudadano para que lo inicie con otro notario”.