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Senado mexicano emite ley para facilitar decomiso y venta de bienes del narco

Redacción Hidrocálido
2 de julio de 2019
3 Min Read
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México, 2 jul (EFE).- El Senado mexicano aprobó la Ley Nacional de Extinción de Dominio, que busca facilitar el decomiso y la posterior venta de bienes confiscados al crimen organizado, tal y como explicó este martes el presidente, Andrés Manuel López Obrador.

“Celebro que se haya aprobado la extinción del dominio porque nos va a permitir el buen funcionamiento del Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado”, apuntó el mandatario desde Palacio Nacional.

En la conferencia matutina, explicó que antes se confiscaban bienes pero estos se quedaban en bodegas.

“Se echaban a perder y se gastaba mucho en mantener aviones decomisados, vehículos, ranchos y joyas, y al final no se sabía en qué quedaba”, apuntó.

Pero ahora, con esta nueva ley, en el plazo “de menos de un mes” se tendrá que vender y repartir el dinero de lo decomisado entre la ciudadanía.

Es decir, apostando para mejorar programas o beneficiando a comunidades en específico, entre otros.

El pleno del Senado de la República aprobó este lunes en la tarde expedir la Ley Nacional de Extinción de Dominio, por 109 votos en favor y cero en contra.

Esta legislación regula la extinción de dominio en favor del Estado, por conducto del Gobierno Federal y las entidades federativas.

“La ley establece el procedimiento correspondiente y los mecanismos para que las autoridades administren y moneticen los bienes sujetos al proceso, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios”, indicó la Cámara alta en un boletín.

Entre los delitos susceptibles de la extinción de dominio están: secuestro; delincuencia organizada; delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos; delitos contra la salud; trata de personas; delitos por hechos de corrupción; encubrimiento o extorsión.

La extinción de dominio es la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con bienes, declarada por sentencia de la autoridad judicial, sin contraprestación, ni compensación alguna para su propietario.

El ejercicio de la acción de extinción de dominio, especifica la ley, corresponde al Ministerio Público y se ejercitará a través de un proceso jurisdiccional de naturaleza civil.

“Los bienes sujetos a la extinción de dominio, estipula la ley, deberán contar con valor pecuniario que genere beneficios económicos para el Estado”, puntualizó el Senado.

Tras su aprobación en lo general y en lo particular, el dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.

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